SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1234/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1234/2003-R

Fecha: 27-Ago-2003

I.1.1.   Hechos que motivan el recurso

El 9 de junio de 2003, al presentarse a su destino Segunda División del Ejército, por orden del Comandante DAEN Willy Vargas se le prohibió el ingreso, enterándose que su haber del mes de mayo se encontraba retenido o suspendido por orden de Juan Veliz Herrera, Comandante General del Ejército  -ahora recurrido- quien mediante el Oficio 702/03 comunicó tal decisión al Ministerio de Defensa Nacional, con el fundamento ilegal e inconstitucional de que su persona era un desertor.  Situación no probada debido a que su persona no se encuentra sometido a proceso militar por la comisión de dicho delito, ni se encuentra destinado en la Letra “E”, y más aún no tiene sentencia ejecutoriada. Por ello el 11 de junio de 2003,  presentó un memorial al Comando General del Ejército solicitando se le cancele su haber del mes de mayo, el que no se hace efectivo hasta la fecha pese a sus constantes reclamos.