Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1259/2003-R
Fecha: 28-Ago-2003
II.2.
II.2. Mediante Resolución Municipal 09/2003 de 24 de marzo (fs. 3), el Concejo Municipal de Mairana resolvió hacer conocer a la parte Ejecutiva para que comunique a la recurrente que “tiene un plazo de 40 días a partir de la fecha para que proceda al retiro de su barda que se encuentra afectada por la circunvalación, la misma que se encuentra ubicada en la avenida Avaroa esquina Milton Núñez. De no proceder al retiro, la Alcaldía procederá a la demolición de la misma”.