Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1267/2003-R
Fecha: 27-Ago-2003
1)
En el informe escrito de fs. 102 señalan: 1) el Auto de Vista de 31 de diciembre de 2002, responde a las fechas y datos del proceso que en ese momento fueron apreciados precisamente para determinar la anulación y reposición; 2) sería importante que los tribunales constitucionales comprueben el estado material en que se encuentra el expediente, en cuanto a su costura, a la composición correlativa de las fojas y el estado objetivo, a efectos de averiguar si hay vestigios que fueron o no alteradas; 3) el recurrente fue notificado con el Auto de Vista en 6 de enero de 2003, teniendo expedito el recurso de explicación, complementación y enmienda.
- Fernando Marcelo Carvajal Vallejos
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- procedente
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- señalando día y hora de audiencia para su lectura íntegra en el plazo máximo de tres días posteriores al pronunciamiento de la parte dispositiva
- III.2.
- III.3