SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1289/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1289/2003-R

Fecha: 02-Sep-2003

improcedente

Por Resolución cursante 15/2003 de 25 de junio, de fs. 52 a 54, el Tribunal de amparo declaró improcedente el recurso respecto al co-recurrido Oscar Miranda Terán, Secretario General del Sindicato de Minibuses en Servicio Urbano, toda vez que éste último expidió el memorando facilitando y admitiendo el ingreso como socio y cambio de nombre a favor del recurrente y, procedente contra Valentín Jorge Cuiza, Jefe del Grupo “ODIN”, con los siguientes fundamentos: a) cumpliendo disposiciones estatutarias, el recurrente recibió el Memorando de Comunicación SRI 156/03 por el que se le indica que a partir de esa fecha se incorpora al Grupo “GO” ODIN con su unidad vehicular; b) todo deviene después de algunos informes que la misma Secretaría del Sindicato hubiera requerido como las hojas de ruta, comprobantes de pago de adeudos, multas etc., sin embargo y, pese haberse cursado nota a Valentín Jorge Cuiza, éste no dio curso al ingreso del nuevo socio, sino por el contrario y, conforme el acta de la reunión ordinaria de 18 de febrero de 2003, habría conseguido que se expulse a Sicinio Flores en una determinación insólita y lesiva que se aparta de la normativa contenida en el art. 41 del Reglamento del Sindicato, además de no haber utilizado el procedimiento previsto; c) el modo de proceder quebranta principios que garantizan el derecho de asociación y el libre derecho al trabajo, que constituyen los principales derechos humanos vinculados a la subsistencia y vida misma de la persona.