SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1296/2003-R
Fecha: 08-Sep-2003
II.3.
II.3. La Sala Penal Primera de la Corte Superior de Santa Cruz, resolviendo la apelación contra el auto anterior que planteó el afectado, en audiencia, emitió el Auto de Vista de 25 de julio de 2003 (fs. 45 vta. a 46), ordenando la devolución del cuadernillo ante el Juez de Garantías Constitucionales de la Provincia Germán Busch, para que éste fundamente y remita al Tribunal que corresponda para que se pronuncie conforme a derecho, con el fundamento de que la resolución apelada no contiene requisitos indispensables para que el Tribunal pueda resolver la apelación planteada al no conocerse la imputación formal y en consecuencia no poder conocer por qué una persona fue sometida a juicio, más aún cuando la resolución impugnada “no tiene ningún fundamento legal que establezca cuáles son los parámetros y elementos constitutivos para que se haya procedido a una detención preventiva” (sic).