SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1300/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1300/2003-R

Fecha: 09-Sep-2003

III.2

III.2   En la problemática planteada, el recurrente, a través de la presente acción extraordinaria, denuncia de manera directa que el Oficial de Diligencias demandado procedió a notificar a su representado con el auto de vista pronunciado en apelación, en el tablero judicial mediante cedulón y no en el domicilio señalado de su parte y expresamente aceptado por el Tribunal de alzada, sin que tal actuación supuestamente ilegal, hubiera sido denunciada ni reclamada de manera previa a la interposición de este amparo, ante los Vocales de la Sala Penal Primera, que tramitaron y conocieron el recurso de apelación, ante quienes el representado del recurrente, oportunamente debió acudir y solicitar en la vía incidental la nulidad de la notificación o diligencia ahora impugnada, para que ellos, con plena jurisdicción y competencia se pronuncien sobre el particular.