Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1302/2003 - R
Fecha: 08-Sep-2003
II.3
II.3 Que, el día señalado, a horas 9:15 se celebra la audiencia a cuya conclusión el Juez emite la Resolución de 16 de mayo de 2003 por la que declara probada la denuncia de violencia e impone al demandado un arresto de dos días, además de tomar medidas cautelares tales como: separación provisional de cuerpos, prohibición de concurrencia del denunciado al trabajo de la víctima, la que podrá permanecer en el domicilio conyugal e inventariación de bienes (fs. 41-42); resolución impugnada a través de un recurso de apelación planteado por el demandado en 16 de mayo de 2003, a horas 15:00 (fs. 46).