Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1309/2003 - R
Fecha: 09-Sep-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita la tutela de sus derechos constitucionales al trabajo y a percibir una justa remuneración consagrados en el art. 7.d) y j) CPE, denunciando que no obstante que el Superintendente General del Servicio Civil ordenó a la autoridad recurrida reincorporarlo a sus funciones de Director Distrital de Educación de Caracollo, este mediante Decreto de 26 de junio de 2003, decidió desestimar su solicitud. Por consiguiente, en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada: