SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1340/2003-R
Fecha: 15-Sep-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente por sí y en representación de Ana María Melgar Cholima interpone recurso de hábeas corpus por procesamiento y persecución indebidos contra las autoridades demandadas; sin embargo, Ana María Melgar Cholima revocó el poder otorgado a la actora y aclaró que la demanda la dirigía sólo contra el Fiscal Constantino Coca Sejas, aduciendo ambas, como fundamento de su recurso, que no podían ser sometidas a la presente investigación, por cuanto la primera, como abogada, goza de fuero profesional y la segunda, como notaria de fe pública, goza de caso de corte al tener el rango de Juez de Partido, además que tampoco fue sometida a un previo proceso disciplinario ante el Consejo de la Judicatura. La recurrente, Teresa Yudy Hinojosa Durán, expresó que se dispuso su citación mediante edicto con la imputación formal no obstante que sus detractores tiene pleno conocimiento de su domicilio. En consecuencia, corresponde dilucidar, en revisión, si el hecho demandado se encuentra dentro de los alcances de protección que brinda el art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- Fiscal de Materia Constantino Coca Sejas,
- Iván Michel Torres,
- Juez Miguel Hurtado Zamorano,
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.6
- II.7
- II.8
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- no se ha vulnerado o puesto en peligro la libertad personal o de locomoción de ninguna de ellas,
- III.2