SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1342/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1342/2003-R

Fecha: 15-Sep-2003

1.2.2   Informe de la autoridad recurrida

A su turno, el representante de la autoridad recurrida en audiencia informó, que la recurrente elaboró un cronograma de vacaciones para la gestión 2000-2002 para ella y para el personal a su cargo, pero lo que no consta en archivos es que la recurrente hubiera efectuado solicitud expresa para gozar de su vacación. Tampoco se pudo evidenciar que a la actora le correspondían 61 días de vacación como afirma, porque en su file no se encuentran los documentos que acreditan tal situación. Añadió que  fue de su conocimiento la Resolución de la Superintendencia del Servicio Civil,  y en cumplimiento de ella se expidió el Memorando de 8 de abril de 2003, comunicando a la recurrente que se le restituía en sus funciones con la finalidad de que haga uso de su vacación pendiente. Por consiguiente, se han observado las leyes y respetado el derecho a la vacación, pero la recurrente no se apersonó a la Oficialía Mayor del Senado a recoger dicho Memorando, y según se conoce, ese documento ha estado en poder de la Secretaría del Oficial Mayor desde la fecha de su emisión, sin que nadie se hubiera apersonado para  recabar información respecto a la solicitud formulada por la actora. Por tanto, corresponde declarar improcedente este recurso.