SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1343/2003-R
Fecha: 15-Sep-2003
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 30 de julio de 2003, cursante a fs. 32 a 34, la recurrente manifiesta que el fiscal recurrido, a solicitud de Apolinar Tórrez y Wilma Dora Cayoja Troncoso, acumuló los casos 1710/97 de la ciudad de El Alto y el caso 159/2002 de la ciudad de La Paz, el primer caso en realidad inexistente, ya que las declaraciones de la supuesta víctima como los testigos no se encuentran rubricadas por el asignado, ni llevan los sellos de la división investigadora DIPROVE, que incluso hicieron aparecer a un investigador que no se encuentra autorizado para tomar declaraciones, defectos éstos que fueron subsanados en el cuaderno de investigaciones y que se desprenden del cotejo que se puede hacer con las copias fotostáticas simples que se acompaña y las del cuaderno de investigaciones.
Indica que el 3 de septiembre de 2002 y el 31 de marzo de 2003, solicitó que se le extienda fotocopias debidamente legalizadas del caso 1710/97, que le fue negado, primero porque estaba en investigación y después condicionando a que previamente prestara declaración informativa policial la impetrante, con lo que se está vulnerando su derecho a la libertad, al estar indebida e ilegalmente perseguida y procesada con un caso inventado, conculcando su seguridad jurídica.