SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1348/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1348/2003-R

Fecha: 16-Sep-2003

I.1.1    Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 9 de julio de 2003 (fs. 11-12), la recurrente asevera que el 22 de enero de 2002 asumió el cargo de Alcaldesa de Filadelfia y en esa condición presentó querella contra el Concejal Juan Zabala Durán, por apropiación indebida y abuso de confianza; trámite en el cual, el Juez recurrido señaló audiencia de conciliación en la que el querellado se comprometió a entregar, el 23 de junio del año en curso, ciertos documentos, en presencia de un Notario de fe pública, momento en el que se reinstalaría la audiencia y se resolvería si se conciliaba o no, para disponer en su caso la extinción de la acción penal.

Afirma que el demandado no cumplió su compromiso y se limitó a solicitar al Juez recurrido la ampliación del plazo de entrega; petición rechazada de su parte por los perjuicios que significaba para el municipio de Filadelfia; sin embargo, la autoridad judicial, lejos de cumplir con lo previsto por el art. 377 del Código de procedimiento penal (CPP), otorgó un plazo adicional hasta el 4 de julio; providencia contra la que planteó recurso de reposición solicitando su revocatoria y la continuación de la acción al no haberse efectuado la conciliación. Lamentablemente, el juzgador recurrido rechazó el recurso en forma ilegal por decreto de 26 de junio, cuando ante la falta de entrega de los documentos y otros, lo que correspondía era continuar con el trámite y no desnaturalizar el proceso penal, sin ningún resultado para el municipio.