Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1372/2003-R
Fecha: 22-Sep-2003
II.5
II.5 El mismo día 28 de mayo a hrs. 16:00, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal de Montero (Cautelar) en audiencia para la aplicación de medidas cautelares ordena la detención preventiva del recurrente y dado que el imputado (ausente en la audiencia) es atendido en el Hospital Japonés de la ciudad de Santa Cruz, se ordena su custodia durante su tratamiento médico. En dicha audiencia el abogado de la defensa solicita se imponga una medida sustitutiva (fs. 43- 45).