Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1372/2003-R
Fecha: 22-Sep-2003
III.6
III.6 En el caso de examen, el Juez instructor dispuso la detención preventiva del imputado sin que éste hubiese estado presente en la audiencia de medidas cautelares, por lo que se concluye que el Tribunal de hábeas corpus, al haber declarado improcedente el recurso ha compulsado correctamente los hechos ni los alcances del art. 18 CPE.