SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1411/2003-R
Fecha: 26-Sep-2003
III.2
III.2 Con relación a la persecución indebida, la jurisprudencia constitucional ha establecido de manera uniforme que: “debe ser entendida como la acción de un funcionario público o autoridad judicial que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno ni una orden expresa de captura emitida por autoridad competente en los casos establecidos por la Ley, o cuando se emite una orden de detención, captura o aprehensión al margen de los casos previstos por Ley e incumpliendo las formalidades y requisitos de ella". (1287/2001-R). Supuestos que no se dan en el presente caso, por cuanto los recurrentes, como se tiene dicho, se encuentran sometidos a una investigación dentro de la cual no han sido hostigados ni perseguidos, al no existir orden alguna en este sentido por parte del Fiscal recurrido, lo que determina también la improcedencia del hábeas corpus al no ser evidente-como se ha concluido igualmente en el punto anterior- que se haya vulnerado o amenazado su derecho a la libertad.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- libre locomoción
- a)
- improcedente
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- actuación con la que no se ha perseguido o privado ilegalmente, a los recurrentes, de su derecho a la libertad personal, dado que la detención de que han sido objeto está dentro del marco establecido por ley;
- III.2
- III.3
- APROBAR