Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1418/2003-R
Fecha: 26-Sep-2003
II.4
II.4 Mediante memorial presentado el 16 de mayo de 2002 (fs. 90), los recurrentes solicitaron se sancione al oficial de diligencias y oficie al Consejo de la Judicatura al haber, el funcionario indicado, faltado a la verdad al señalar que no notificó a los notarios de fe pública para las audiencias de confesión provocada e inspección ocular cuando lo había hecho. El Juez recurrido, previo informe del funcionario denunciado, por decreto de 17 de mayo (fs. 91) no dio curso a lo solicitado. Dicha providencia no fue impugnada por los recurrentes.