SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1420/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1420/2003-R

Fecha: 26-Sep-2003

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memoriales presentados el 17 y 23 de junio de 2003, cursantes de fs. 11 a 12 y fs. 14, la recurrente asevera que el 1 de febrero de 2003 aproximadamente a hrs. 3 a 3:30 de la mañana, funcionarios de la intendencia de la Alcaldía de Cercado, procedieron a la clausura de su caseta de venta de calzados deportivos situada en calle Punata esquina Velarde, llevando sus herramientas de trabajo y otros objetos que tenía en su interior, sin notificarla o hacerle saber en forma verbal la infracción o violación a ordenanza y/o resolución municipal que motive tal medida.

Ante su reclamo, el Intendente recurrido le indicó que después de 2 días podría atender su caseta; empero, luego de un mes reclamando a diario sin ningún resultado, pidió por escrito al Intendente se deje sin efecto la clausura de su caseta, sin recibir tampoco respuesta alguna; por lo que acudió ante la Alcaldesa Municipal y, ante su silencio, ante el Concejo Municipal, el que ordenó al Ejecutivo dicte una Resolución Técnico Administrativa, sin que a la fecha exista respuesta a dicha orden, terminando sus memoriales en las oficinas de Bienes y Servicios sin ser leídos.

Sin perder la esperanza y al ser su negocio la forma de sustento de ella y de su familia, acudió ante las nuevas autoridades para lograr la atención a su denuncia y a su solicitud de dejar sin efecto la clausura de su caseta, así como la devolución de sus herramientas de trabajo de su caseta, siendo vanos sus esfuerzos.