SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1425/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1425/2003-R

Fecha: 29-Sep-2003

improcedente

La Resolución cursante a fs. 25,  pronunciada el 23 de agosto de 2003 por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara improcedente el recurso, bajo estos fundamentos: a) el recurrente se encuentra privado de su libertad, como consecuencia  de  una sentencia  ejecutoriada dictada  en un  proceso penal  seguido en su contra  por el delito de despojo y otros,   por la Asociación de Comerciantes  Minoristas del Supermercado “Virgen de Fátima” de la cual es apoderado el recurrido, en el que el recurrente asumió  defensa agotando todos los recursos que la Ley le franquea; b) el recurso de hábeas corpus  establecido en el art. 18 de la CPE, y el art. 89 de la Ley 1836, está previsto para las  detenciones indebidas, persecuciones ilegales y  procesamientos indebidos, en demanda de que se guarden las formalidades legales, en el presente caso el recurrido no es autoridad  judicial para tomar decisiones con relación al procesamiento y detención del recurrente.