Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0003/2004-R
Fecha: 07-Ene-2004
procedente
La Resolución 110/03 cursante de fs. 40 a 42, pronunciada el 24 de noviembre de 2003 por la Jueza de Partido y Sentencia de la localidad de Sica Sica del Distrito Judicial de La Paz, declara procedente el recurso, bajo estos fundamentos: el Juez sólo puede ordenar la detención preventiva cuando concurran los requisitos previstos en el art. 232 CPP, previa imputación formal y pedido fundamentado del Fiscal o del querellante lo que no se dio en el caso.