SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0020/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0020/2004-R

Fecha: 07-Ene-2004

Fragmento 10

En el caso planteado, el recurrido Miltón Peredo Lafuente, si bien al ejecutar el mandamiento expedido en lo concerniente a la aprehensión en inmediaciones de la Policía Técnica Judicial, no incurrió en restricción al derecho a la libertad, por cuanto en lo relativo a la aprehensión el mandamiento no tenía plazo de caducidad y se mantenía vigente, sí vulneró al ejecutarlo sin contar con orden instruida, pues el mandamiento fue expedido en el asiento judicial de Riberalta y él lo ejecutó en el asiento judicial de Guayaramerín, por lo que necesariamente debió exigir la orden instruida antes de proceder a la aprehensión, al no hacerlo actuó indebidamente sin observar las formalidades legales, por lo mismo, ignoró el art. 9 CPE y lesionó el derecho a la libertad del representado, razón por la que corresponde otorgar la tutela solicitada.