Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0031/2004-R
Fecha: 14-Ene-2004
II.8.
II.8. Apelada la negativa del Juez por la recurrente, la Sala Civil Segunda mediante Auto de Vista 577/2003 de 8 de septiembre, confirmó el Auto Apelado, manifestando que los fundamentos del recurso no atacan de manera precisa la determinación tomada por el Juez de instancia, que correspondía promover el recurso de compulsa (fs. 23 a 32).