Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0039/2004-R
Fecha: 14-Ene-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente arguye que los Vocales recurridos han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, a la igualdad procesal y la garantía del debido proceso al haber dictado el Auto de Vista de 9 de agosto de 2003, con el que confirman el Auto de 22 de abril de 2002, que anuló obrados hasta que se presente acusación particular, sin tomar en cuenta que ésta ya fue presentada. En ese sentido, corresponde en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida.