SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1583/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1583/2004-R

Fecha: 04-Oct-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 11 de junio de 2004 (fs. 17 a 20), el recurrente manifiesta que por memorándum de 8 de abril de 2003, extendido por el Director Ejecutivo del SERGEOMIN, su poderconferente  fue designada en el cargo de Secretaria del Departamento de Hidrogeología de Cochabamba, con el ítem 12100 y un sueldo de Bs2.400.- a partir del 7 de abril hasta el 7 de julio de 2003.

Señala que posteriormente, mediante memorándum de 14 de julio de 2003, bajo el mismo ítem, su mandante fue ratificada en el cargo por el período entre el 15 de julio al 31 de diciembre de 2003, con el mismo sueldo, pero en esta fecha fue despedida, procediéndose a la entrega de los bienes a su cargo, sin considerar que se encontraba en el cuarto mes de embarazo, negándole los derechos de subsidios que por ley le correspondían, por lo que formuló reclamo ante la Dirección Departamental del Trabajo a fin de que en la vía conciliatoria se le otorgue la tutela demandada, habiéndose recomendado al SERGEOMIN el pago del subsidio prenatal, de natalidad y de lactancia, puesto que de acuerdo a la Ley de la mujer en periodo de gestación, toda mujer en período de gestación hasta un año de nacimiento del hijo, gozará de inamovilidad en su puesto de trabajo en instituciones públicas o privadas, recomendación que es negada y desconocida hasta la fecha.