Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1583/2004-R
Fecha: 04-Oct-2004
II.3.
II.3. A través del certificado de 8 de diciembre de 2003, el Médico Familiar de la Caja Nacional de Salud hizo saber que la hoy actora recibe atención médica desde el cuarto mes de embarazo, otorgándole su habilitación para el subsidio prenatal (fs. 8), y por nota SGM.DH. 0154/2003, de 16 de diciembre, el Jefe del Depto., de Hidrogeología del SERGEOMIN comunicó al Director Ejecutivo Nacional que la actora se encuentra en período de gestación, por lo que solicitó que se tomen las previsiones que el caso amerita (fs. 4).