SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1597/2004-R
Fecha: 04-Oct-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El recurrente en el escrito de 23 de junio de 2004 (fs. 3 a 4 vta.), manifiesta que aproximadamente a horas 13:00 del 19 de junio, cuando se encontraba en un domicilio particular de un familiar en la ciudad de Santa Cruz, varias personas que se hicieron pasar por policías ingresaron violentamente sin portar ninguna clase de mandamiento, procediendo a detenerle en forma ilegal y arbitraria, para luego ser encapuchado e introducido en una movilidad con rumbo desconocido, habiendo al amanecer del día siguiente llegado a Trinidad, siendo trasladado a dependencias de la Policía Técnica Judicial (PTJ), donde permaneció enmanillado y fue objeto de agresiones físicas.
Añade que dentro de las investigaciones que realiza el Fiscal Adjunto de la provincia Yacuma existen serias contradicciones y que las pruebas recopiladas están viciadas de nulidad, pues fueron obtenidas en forma ilegal, como su cédula de identidad y el examen dactiloscópico presentados en audiencia sin que se haya acompañado la lata de jugo de durazno de donde supuestamente se recogieron sus huellas y sin que hubiera sido citado legalmente conforme al art. 224 del Código de procedimiento penal (CPP); empero, en audiencia cautelar celebrada el 21 de junio el Juez recurrido sin valorar las pruebas ni sus argumentos conforme a ley, dispuso su detención preventiva a través de una resolución que se encontraba redactada de antemano, procediendo simplemente a su lectura sin pronunciarse sobre el fondo del asunto respecto a las pruebas ilícitas presentadas por el Ministerio Público, parcializándose con éste.