Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1664/2004-R
Fecha: 18-Oct-2004
ANULAR obrados
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III y 120.7ª de la CPE y 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión resuelve ANULAR obrados hasta el estado en que se haga la citación legal al recurrido Jaime Yujra Mamani, de conformidad a lo establecido por el art. 18.II de la CPE.