Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1679/2004-R
Fecha: 18-Oct-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente afirma que los demandados han vulnerado sus derechos a la dignidad, honorabilidad, al trabajo, a la defensa y al debido proceso por cuanto como miembros del Directorio de la entidad donde trabaja, le han despedido luego de someterla a un irregular proceso ante un tribunal que no le permitió ejercer sus derechos, y que, por otra parte, desarrolló funciones que le competen a la justicia ordinaria al conocer hechos sobre la presunta comisión de delitos. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.