SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1697/2004-R
Fecha: 22-Oct-2004
Fragmento 9
Por otra parte, la exigencia de precisar el amparo que se solicita, se halla directamente vinculada al objeto del recurso o causa petendi. Este aspecto tiene superlativa importancia dado que el órgano jurisdiccional que conoce y define la problemática planteada debe guardar congruencia con lo que se pide. El amparo que se solicita al ser el que determina el objeto del recurso el cual el juez no puede aportar nada ni apartarse en el momento de brindar o negar la tutela, derecho o a la garantía vulnerados o amenazados, razón por la cual la falta de precisión de éstos por parte de los actores -conforme se concluye precedentemente-, determina también el incumplimiento del requisito de contenido previsto por el art. 97.VI de la LTC.