SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1737/2004-R
Fecha: 29-Oct-2004
II.4.
II.4. Los recurrentes adjuntando las Resoluciones pertinentes dictadas por el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, la certificación del secretario del juzgado que da cuenta que las mismas no fueron revocadas, informes de Derechos Reales de El Alto y La Paz franqueadas el 22 y 23 de agosto y 13 y 22 de septiembre de 2003, respectivamente, que certifican que los imputados no tienen ningún bien inmueble a su nombre, certificados de Cotel de 29 de julio y 13 de septiembre que acreditan que los mismos no son socios de la cooperativa, certificado negativo de la Dirección Nacional de Servicios Técnicos Auxiliares de 8 de septiembre, notas de diversas instituciones bancarias que certifican que los imputados no son clientes ni mantienen operaciones bancarias con esas entidades y el informe de la Trabajadora Social del Juzgado de Ejecución Penal de El Alto que da cuenta que los actores se encuentran clasificados dentro de la población de extrema pobreza, solicitaron la modificación de la fianza económica por juratoria.