AUTO CONSTITUCIONAL 617/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 617/2004-CA

Fecha: 17-Nov-2004

I.1. Antecedentes

La recurrente refiere que por Sentencia de 4 de abril de 2002, se declara  nulo el matrimonio contraído entre Leonardo Llanos Llanos y su persona, reputándose inexistente para fines legales por haber ambos contrayentes, obrado de mala fe, no así para la menor Eva Elvira Llanos Verbo quien mantiene todos sus derechos y privilegios con relación a sus padres, la misma que queda en poder y bajo el amparo y cuidado de su madre y se mantiene en su favor una asistencia familiar de Bs.150.

Continúa señalando que al encontrarse ejecutoriada la citada sentencia, solicitó ante el Juez de Partido de Betanzos, Provincia Saavedra del Departamento de Potosí, mediante memorial de 23 de agosto de 2004, liquidación de pensiones devengadas, la que fue dispuesta por resolución de 27 del mismo mes y año, siendo observada  por el obligado indicando que la beneficiaria no es hija suya, petición rechazada por el Juez, por lo que el obligado interpuso el 7 de septiembre de 2004, recurso de reposición bajo alternativa de apelación, concediéndose el recurso en el efecto devolutivo mediante auto de 13 de septiembre de 2004, ante la Corte Superior del Distrito de Potosí; radicada la causa, el cuaderno de apelaciones fue sorteado el 27 de septiembre de 2004, pronunciándose el Auto de Vista 178/2004 el 4 de octubre del año en curso, anulando obrados.