AUTO CONSTITUCIONAL 617/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 617/2004-CA

Fecha: 17-Nov-2004

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

Argumenta la recurrente que los vocales de la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito de Potosí pronunciaron el Auto de Vista 178/2004 de 4 de octubre de 2004, fuera del plazo previsto por el art. 245 del Código de Procedimiento Civil, teniendo en cuenta que el mismo fue sorteado el 27 de septiembre de 2004 y fue pronunciado el 4 de octubre de 2004, es decir, el séptimo día, incurriendo en la sanción de pérdida de competencia y por ende, viciando de nulidad la resolución impugnada.

Alega que además, con un incidente no se puede reemplazar o sustituir un proceso de cesación de asistencia familiar, negación de filiación, trámites estos  que requieren otro tratamiento y otras instancias, contrariamente a lo que ha entendido y pretendido el tribunal de alzada al dictar el correspondiente Auto de Vista 178/2004, disponiendo que el inferior tramite dos figuras jurídicas familiares por la vía incidental.