Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
demandando la nulidad de la Resolución Municipal 0270/2004 de 22 de julio, por haberse pronunciado sin competencia.
Fecha: 04-Nov-2004
INFUNDADO
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 120.6ª de la CPE, 7 inc. 6 y 79 y siguientes de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) declara INFUNDADO el recurso directo de nulidad interpuesto por María Eugenia de la Merced Montaño Rico. En aplicación del art. 85 inc. 1) de la LTC, se impone a la recurrente costas y multa en Bs200.-, suma que deberá depositar a la orden del Tesoro Judicial en el plazo de tres días a partir de su notificación con la presente sentencia, debiendo remitir la este Tribunal el original del comprobante de pago.