SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1770/2004-R
Fecha: 11-Nov-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 11 de octubre de 2004, cursante de fs. 4 a 5, el recurrente manifiesta que se constituyó una empresa minera con la razón social “San José de Berque”, ubicada en la provincia Sud Chichas del departamento de Potosí; sin embargo, por diversas circunstancias esa empresa no pudo cumplir sus obligaciones de cotizaciones al sistema de seguridad social para cubrir los seguros de corto y largo plazo, obligación pendiente que motivó el proceso de acción coactiva social radicado en el Juzgado Cuarto de Trabajo y Seguridad Social, a cargo del ahora recurrido.
Señala que, no obstante sus peticiones de pago diferido y ofertas de pago efectuadas a la parte demandante no se pudo llegar a un acuerdo, razón por la cual el Juez recurrido libró mandamiento de apremio en su contra, habiendo estado su persona recluido en el Panóptico Nacional por espacio de tres meses y, posteriormente, se logró un arreglo entre partes, sin embargo, el ahora recurrido nuevamente libró un otro mandamiento de apremio en su contra, no obstante que su persona cuenta con 77 años de edad y como se encuentra perseguido desde hace varios días sin considerar su edad, invoca el precepto del art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE) interponiendo el presente recurso de hábeas corpus.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- los recurrentes no han demostrado con prueba alguna los extremos de su demanda, es decir que no han aportado ninguna literal que apoye las afirmaciones realizadas en su recurso
- III.3.
- APROBAR