Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1772/2004-R
Fecha: 11-Nov-2004
II.3.
II.3. A horas 14:35, del mismo día, se hizo presente nuevamente el denunciante, conduciendo a Remberto Gonzáles Céspedes, otro de los sindicados del robo de dineros, manifestando que el nombrado le había devuelto la suma de $us1.200.- y admitido que recibió dinero del recurrente, al igual que su hermano Jhonny Gonzáles Cáceres. (fs. 13).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a) cuando efectuada la denuncia o advertida la supuesta comisión del delito, no es posible individualizar a los autores, partícipes o testigos, y se deba proceder con urgencia y
- III.2.