SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1776/2004-R
Fecha: 12-Nov-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El 20 de mayo de 2004, María Electra Carvajal de Gurruchaga, presentó querella y acusación particular en su contra, por la supuesta comisión del delito de despojo, la que fue admitida y radicada por la recurrida, quien fijó audiencia para los días 29 y 30 de septiembre, a la cual no pudo asistir porque su abogado tenía otra audiencia que ya fue postergada, hecho que demostró a tiempo de solicitar postergación, y siendo de origen indígena no comprende lo que es una audiencia, por lo que se quedó mirando desde la puerta pues su abogado se encontraba en el siguiente salón. Pese a ello, el 29 de septiembre, la recurrida procedió a multar a su abogado y emitir mandamiento de aprehensión en su contra sin fundamento alguno, encontrándose perseguido le impide salir de su domicilio y ganarse el sustento diario para mantener a su familia.
Expresa que solicitó se deje sin efecto el mandamiento de aprehensión, explicando además que no podría asistir a la audiencia del 30 de septiembre porque no podía salir de su domicilio, sin embargo sus testigos se hicieron presentes, al día siguiente reiteró su solicitud pidiendo además se señale día y hora para la prosecución de la audiencia, y se tome en cuenta los motivos de su ausencia, lo que no ocurrió demostrando con ello parcialidad en el órgano de administración de justicia. Finaliza manifestando que la recurrida ignoró en forma deliberada las pruebas que presentó, expidiendo en forma indebida mandamiento de aprehensión y que en su cumplimiento el 5 de octubre se procedió al allanamiento de su domicilio, infringiendo con ello las normas previstas por el art. 18 de la CPE.