SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1776/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1776/2004-R

Fecha: 12-Nov-2004

III.2.

III.2.   En el caso en estudio, el recurrente denuncia que el mandamiento de aprehensión es ilegal, pues expresa que justificó su inasistencia a la audiencia de juicio oral señalada; empero, no demostró ninguno de esos hechos, aunque la recurrida aceptó en su informe la existencia del mandamiento de aprehensión y la declaratoria en rebeldía del recurrente, ello no es suficiente para lograr la certidumbre que la jurisdicción constitucional requiere para tutelar los derechos protegidos por el recurso de hábeas corpus, pues como la jurisprudencia constitucional glosada precedentemente lo determinó, la parte recurrente deberá aportar todos los elementos probatorios que permitan compulsar la denuncia efectuada, y comprobar la vulneración de los derechos del recurrente protegidos por el recurso, caso contrario, y ante la imposibilidad de asumir conocimiento de los hechos no se puede arribar a la certidumbre que se precisa para otorgar la tutela solicitada, pues como la SC 0315/2003-R, de 18 de marzo estableció: “(...) el fallo del recurso debe obedecer a la certeza plena de que realmente existió o no la vulneración del derecho a la libertad física (...)”; certeza plena que sólo se logra con la compulsa de la prueba, lo que no es posible en el caso presente, mucho menos cuando tampoco el informe de la recurrida se encuentra acompañado de prueba o los antecedentes del recurso formulado, de lo que se concluye que ninguna de las partes presentó literal alguna, por lo que al no existir ésta, el presente recurso debe ser declarado improcedente.