Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1783/2004-R
Fecha: 12-Nov-2004
II.1.
II.1. Habiéndose presentado querella contra los recurrentes y emitido requerimiento fiscal porque se dicte Auto Inicial de Instrucción, el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de la ciudad de La Paz, el 4 de abril de 2001, dictó el citado Auto por encontrarse la conducta de los denunciados tipificada y sancionada por el art. 337 del Código Penal (CP), disponiendo se expidan los mandamientos de Ley para que presten sus declaraciones indagatorias (fs. 11-12, 13).