SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1812/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1812/2004-R

Fecha: 25-Nov-2004

III.2.

III.2. En el presente caso, se evidencia de manera incontrastable que el actor ya interpuso un recurso de amparo constitucional con identidad de sujetos, objeto y causa, por cuanto: a) el recurrente y la autoridad recurrida son los mismos en ambos recursos; b) el objeto es idéntico dado que la circunstancia ocurrente del objeto disputado en el presente recurso ha sido motivo de pretensión en el otro amparo presentado por el actor el 11 y 14 de febrero de 2004: ser reincorporado a su fuente de trabajo; c) la causa es la misma ya que la razón, fundamento, motivo de la pretensión deducida en los dos casos es igual: presuntas irregularidades que existieron en la tramitación del sumario, habiéndose ratificado la improcedencia del referido recurso interpuesto el pasado 11 de febrero mediante la SC 0687/2004-R de 4 de mayo.

Consecuentemente, no es viable un nuevo pronunciamiento de este Tribunal al respecto, causal de improcedencia que no se la debe considerar en su sentido netamente literal, sino teleológico, como declaró el Tribunal Constitucional en la SC 304/2003-R (al igual que lo expresado en las SSCC 0411/2004-R, 1772/2003-R, 1287/2003-R, 862/2003-R, 254/2003-R, 200/2003-R, entre otras), en la que señaló:

(...) la Ley del Tribunal Constitucional en su art. 96, estipula las causales de improcedencia del amparo, estando entre ellas, la interposición de otro recurso con identidad de sujeto, objeto y causa, disposición que responde a fin de optimizar la operatividad de los administradores de justicia y a evitar la duplicidad de fallos en causas ya resueltas”.