Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1813/2004-R
Fecha: 25-Nov-2004
II.6.
II.6. Por memorando DSDEC I CITE: 035/04 de 30 de julio de 2004 (fs. 74), el Director Distrital de Educación del Cercado I, expresando que “su situación” fue ocasionada por la permuta voluntaria que efectuó y que “no fue avalada” por su autoridad, comunicó a la recurrente que se elaboraría el memorando y “regulación respectiva” como docente de matemáticas en el Centro Integrado CETAP de Educación Alternativa, “máximo hasta el 3 de agosto”, caso contrario se procedería a la aplicación de los arts. 5 del DS 25255 y 1 del DS 25281.