SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1831/2004-R
Fecha: 29-Nov-2004
II.4.
A fs. 15 figura la tarjeta prontuario de Marcelino Tapia Fernández y de Marcelo Tapia Daza, cuyo número general, nacionalidad, departamento y nombre del padre coinciden, diferenciándose por la provincia en el primer caso Avilés- Concepción y en el segundo Cercado-ciudad, por el nombre de la madre: María Tapia en el caso de Marcelino Tapia Fernández y Martha Daza para Marcelo Tapia Daza; el año de nacimiento y la profesión: 1959 y labrador en cuanto a Marcelino Tapia, y 1958 y albañil respecto de Marcelo Tapia.
A fs. 1 y 16 cursan los certificados de matrimonio de 12 de agosto de 1994 y 27 de junio de 1977, correspondientes a Marcelo Tapia Daza y Marcelino Tapia Fernández, bolivianos nacidos el 6 de abril de 1958 y 1959, de ocupación albañil y empleado, quienes contrajeron matrimonio con Ninfa Choque Quiroga y Carmen Martínez, respectivamente.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- I.
- III.2.
- es indiscutible la trascendencia que tiene la identificación de las personas dentro de un proceso judicial
- otros seis meses