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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1837/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1837/2004-R

    Fecha: 30-Nov-2004

    procedente

    Concluida la audiencia, el Juez del recurso declaró procedente el hábeas corpus, disponiendo que el recurrido fije audiencia de medidas cautelares sustitutivas en el plazo de tres días, con el fundamento de que las normas previstas por el art. 239.3 del CPP, disponen que la detención preventiva cesará cuando hubieran transcurrido dieciocho meses sin que haya sido dictada sentencia.  

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • a)
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • APROBAR

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