AUTO CONSTITUCIONAL 0052/2004-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0052/2004-CDP

Fecha: 08-Dic-2004

a)

         La Fiscal demandada con memorial presentado el 5 de agosto (fs. 105 a 107), ofreció prueba cursante de fs. 98 a 104, consistente en: a) certificación del Director del Instituto de Enseñanza profesional “Raúl Otero Reich”, señalando que Miguel Ángel Silva no es trabajador regular de dicho instituto trabajando eventualmente en el mantenimiento de equipos, recibiendo remuneración por cada trabajo efectuado; siendo el contrato suscrito “de favor”; b) certificación de la Cooperativa Félix Gainza Ltda. donde consta que Juan Silva Gutiérrez tiene un crédito hipotecario otorgado en 30 de noviembre de 2001 por la suma de $US37.000.-, entrando en mora desde el 30 de marzo de 2002 hasta el 31 de mayo de 2004, restando por amortizar el equivalente a 13 cuotas; c) Auto de declaratoria de rebeldía del recurrente Miguel Ángel Silva.