SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1896/2004-R
Fecha: 13-Dic-2004
II.3.
II.3. El 21 de julio de 2000, amparado en los preceptos del art. 64 del RPPN, el recurrente mediante memorial solicitó al Comandante General de la Policía su reincorporación (fs. 4); el 18 de enero de 2001 reiteró su pedido, sustentándolo además de las normas señaladas anteriormente, en las previstas por el art. 5 inc. c) del RPPN (fs. 5); y el 16 de mayo de 2002, mediante nuevo memorial insistió en ser reincorporado, explicando además que su solicitud de licencia fue por motivos de salud, lo que no expresó por error en la redacción del memorial, pero que al encontrarse restablecido se consideraba apto para cualquier labor policial (fs. 6); reiterando nuevamente su petición el 11 de junio (fs. 10), y el 24 de julio de 2003 (fs. 12).