SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1913/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1913/2004-R

Fecha: 14-Dic-2004

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso declaró improcedente el hábeas corpus con los fundamentos siguientes: a) el certificado de nacimiento del hijo menor de la recurrente, es extranjero, pues la recurrente tiene nacionalidad colombiana, por lo que para darle validez en el territorio nacional debió ser homologado y revalidado por el gobierno nacional a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, pero al no haberse cumplido con los pasos legales, el Tribunal recurrido consideró como no cumplido el presupuesto previsto la parte in fine del art. 232 del CPP; b) no se puede considerar que la recurrente tiene ocupación o trabajo lícito en el territorio nacional, ya que no tiene visa ni permiso de trabajo como se requiere a todo extranjero para desarrollar cualquier actividad dependiente o independiente remunerada, por lo que tampoco se cumplió con los requisitos señalados en los arts. 234.1 del CPP, e igualmente, el contrato de alquiler fue acompañado en fotocopia simple que no cumplía los votos de las normas civiles y penales.