SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1926/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1926/2004-R

Fecha: 16-Dic-2004

I.1.1.Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 12 de noviembre de 2004, (fs. 11 a 12) la recurrente sostiene que su representado Remberto Montero Urquiano, el 31 de octubre de 2004, fue aprehendido por Jaime Justiniano Cuyati, Guardia de Seguridad, sindicado de la supuesta comisión del delito de robo agravado, posteriormente fue trasladado a la Comisaría  de la Villa Primero de Mayo.

Refiere que el 1 de noviembre de 2004, el Fiscal imputó formalmente en su contra por la supuesta comisión del delito de robo agravado de una mochila conteniendo zapatos viejos y una daga de propiedad del referido Guardia de Seguridad bajo amenazas con arma blanca. Al no haber demostrado el Fiscal esos extremos en la audiencia cautelar, el Juez le aplicó medidas sustitutivas a la detención preventiva, indicando que una vez cumplidos los requisitos exigidos se libre el respectivo mandamiento de libertad, por lo que mediante memorial de 8 de noviembre de 2004, solicitó al Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, Luis Hernando Tapia Pachi, dé cumplimiento a lo previsto en la SC 0473/2004-R que dispone que en casos similares se debe ordenar la libertad de quien se encuentra aprehendido por orden del Fiscal y concederle un plazo razonable para el cumplimiento de las medidas sustitutivas a la detención preventiva que le fueron impuestas, petitorio que mereció una providencia que refiere que previamente el imputado anexe la referida sentencia. Arguye que de ese modo el Juez recurrido ha vulnerado su derecho a la libertad de locomoción.