Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1929/2004-R
Fecha: 16-Dic-2004
Fragmento 12
Se llama la atención a la Corte de amparo por haber remitido el expediente fuera del plazo señalado por los arts. 19-IV de la CPE, y 102-V de la LTC, puesto que la resolución revisada fue emitida en la audiencia de 18 de agosto de 2004, y el expediente remitido el 3 de septiembre, siendo esa demora injustificada e ilegal, por lo que se le recomienda que en ulteriores trámites respete estrictamente los plazos que señalan las disposiciones anotadas para la tramitación de estos recursos constitucionales.