SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1945/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1945/2004-R

Fecha: 17-Dic-2004

III.1.

III.1. La razón esencial del recurso de hábeas corpus es hacer efectiva la protección de la libertad individual en el momento en que este derecho está siendo restringido o amenazado, por lo que el art. 18-I de la CPE establece que toda persona que creyere estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada o presa podrá ocurrir, por sí o por cualquiera a su nombre, con poder notariado o sin él, ante la Corte Superior del Distrito o ante cualquier Juez de Partido, a elección suya, en demanda de que se guarden las formalidades legales.