SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1976/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) el Tribunal Superior de Personal de las FFAA de acuerdo a los arts. 108 y 110 de la LOFA es el máximo organismo encargado de hacer cumplir las leyes y reglamentos militares, siendo sus resoluciones definitivas, de última instancia y de observancia obligatoria, mientras que los Tribunales de Personal de cada Fuerza, actúan en primera instancia, por lo que no pueden catalogarse sus actos como ilegales o indebidos; 2) no corresponde revisar por vía del amparo fallos internos ejecutoriados de las FFAA que estén enmarcados a disposiciones especiales, lo que constituiría usurpar funciones que no corresponden.
Por todo lo expresado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del citado art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de Amparo al haber declarado improcedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.