Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1983/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
II.1.
II.1. Por requerimiento de 21 de febrero de 2004, el fiscal René Arzabe Soruco, imputó formalmente a los recurrentes la comisión de los delitos de terrorismo, alzamientos armados, organización criminal y tenencia de sustancias o elementos explosivos, previstos y sancionados en los arts. 133, 121 2da parte, 132 Bis y 211 del Código penal, además solicitó su detención preventiva; en cuyo mérito el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal señaló audiencia de consideración de medidas cautelares para el mismo día (fs. 7-10).