AUTO CONSTITUCIONAL 077/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 077/2004-CA

Fecha: 04-Feb-2004

carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.

En consecuencia, el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad solicitado por Juan Carlos Cadima Claure en representación de Zulma Vargas de Lazarte demandando la inconstitucionalidad de la Sentencia Constitucional  1449/2003-R de 2 de octubre de 2003 pronunciada en revisión del recurso de amparo constitucional  interpuesto por la representada contra Edgar Peña Venegas, Juez Undécimo de Partido en lo Civil,  carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.